Guías éticas para economistas
Aprobado el 25 de agosto de 2017
Asamblea Anual
I. Principios de integridad en el/la Economista:
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La persona economista podrá siempre hacer uso de la libre expresión, pero divulgará sus conflictos de intereses en todos los foros donde esos conflictos puedan surgir, en aras de preservar la buena imagen de la profesión.
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La persona economista denunciará actos de fraude que encuentre en el ejercicio de su profesión.
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La persona economista no suscribirá contratos de trabajo ni se comprometerá al desempeño de tareas que perjudiquen, económica o moralmente a los grupos sociales económicamente vulnerables.
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La persona economista utilizará la información de manera objetiva y rigurosa sin ánimos de tergiversar la realidad.
II. Responsabilidades de la persona Economista:
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Protegerá la profesión, señalando cuando personas ajenas a la profesión practiquen o ejerciten actividades que sean del ámbito estrictamente profesional del economista (“economista” según definido por el reglamento de la Asociación).
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Mantendrá continuamente actualizado/a.
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No discriminará por cuestiones de religión, raza, sexo, nacionalidad, tonalidad de piel u orientación sexual.
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No realizará servicios que perjudiquen sus relaciones con otros clientes.
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Estará dispuesto para proporcionar suficientes detalles que permitan la replicación de todos los cálculos numéricos, con un esfuerzo razonable, por otros expertos economistas competentes.
III. Es contra la ética profesional:
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Asumir la autoría de un documento técnico elaborado por terceras personas o plagiar la obra de otro profesional o de sus colaboradores.
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Anunciar títulos profesionales que no pueda comprobar.
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Publicar en nombre propio trabajos científicos en los cuales no ha participado o atribuirse autoría exclusiva de trabajos realizados por sus subordinados u otros profesionales, aunque los hayan ejecutado bajo su orientación.
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Utilizar, sin referencia al autor o sin su autorización explícita, datos, informaciones u opiniones publicadas o inéditas.